Competencia evaluará el funcionamiento del mercado para evitar abusos
El real decreto ley de medidas económicas frente al conflicto en Oriente Medio establece que las petroleras serán sancionadas con multas de hasta seis millones de euros si no facilitan a la CNMC la información que les requiera sobre precios y otros datos relevantes para el análisis del funcionamiento del mercado.. Así lo prevé el texto del decreto publicado ayer sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que ha entrado en vigor hoy domingo.. El decreto habilita a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para solicitar esa información a los agentes que participen en la distribución mayorista y minorista de productos petrolíferos.. Durante un periodo de tres meses desde la entrada en vigor del decreto, los operadores al por mayor de productos petrolíferos con capacidad de refino en España reportarán semanalmente al organismo supervisor información sobre sus costes de adquisición de productos petrolíferos y los precios de venta de carburante en las estaciones de servicio.. La CNMC trasladará esta información al Gobierno y, antes del 31 de mayo, publicará un estudio sobre el funcionamiento del mercado.. El decreto señala que el incumplimiento de los requerimientos de información tendrá la consideración de infracción grave, de acuerdo con lo previsto en la Ley de 1998 del sector de hidrocarburos, que le atribuye una sanción correspondiente de hasta seis millones de euros.
El real decreto ley de medidas económicas frente al conflicto en Oriente Medio establece que las petroleras serán sancionadas con multas de hasta seis millones de euros si no facilitan a la CNMC la información que les requiera sobre precios y otros datos relevantes para el análisis del funcionamiento del mercado.. Así lo prevé el texto del decreto publicado ayer sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que ha entrado en vigor hoy domingo.. El decreto habilita a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para solicitar esa información a los agentes que participen en la distribución mayorista y minorista de productos petrolíferos.. Durante un periodo de tres meses desde la entrada en vigor del decreto, los operadores al por mayor de productos petrolíferos con capacidad de refino en España reportarán semanalmente al organismo supervisor información sobre sus costes de adquisición de productos petrolíferos y los precios de venta de carburante en las estaciones de servicio.. La CNMC trasladará esta información al Gobierno y, antes del 31 de mayo, publicará un estudio sobre el funcionamiento del mercado.. El decreto señala que el incumplimiento de los requerimientos de información tendrá la consideración de infracción grave, de acuerdo con lo previsto en la Ley de 1998 del sector de hidrocarburos, que le atribuye una sanción correspondiente de hasta seis millones de euros.
