Cualquiera que desee comercializar una propiedad en España debe verificar que la vivienda cuente con un certificado de eficiencia energética vigente antes de que el tasador presente su evaluación.
Adquirir una vivienda es el anhelo de muchas personas, pero llevar a cabo este proceso no es sencillo. Por ello, cuando encuentran una casa que se ajusta a sus necesidades, están dispuestos a tomar las medidas necesarias para convertirla en su hogar, como firmar un contrato de arras. Este contrato es un documento que establece un acuerdo privado entre el comprador y el vendedor para asegurar la reserva de la propiedad mediante un pago anticipado del futuro propietario, mientras busca el financiamiento necesario para finalizar la compra. Sin embargo, la asesora financiera y experta hipotecaria Montse Cespedosa advierte a los compradores en su TikTok: «No firmes el contrato de arras a menos que te entreguen primero el certificado de eficiencia energética (CEE)». A partir del 12 de agosto, quienes deseen vender una vivienda en España deben asegurarse de que el inmueble tenga un certificado de eficiencia energética válido antes de que el tasador realice su informe, según la nueva Orden ECM/599/2025. Esta modificación legal requiere que el certificado energético, si es necesario, se incluya como parte esencial de la tasación. Si la propiedad no cuenta con él, el dueño debe gestionarlo antes de que el tasador complete su evaluación. Esta solicitud es particularmente importante ya que desde 2013 era necesario contar con el CEE para la venta de un inmueble, a menos que el comprador decidiera renunciar a él de manera explícita; sin embargo, la nueva disposición establece que el certificado debe estar listo antes de la tasación técnica del inmueble. Cespedosa destaca que esta modificación podría influir directamente en el precio de tasación y en el valor de mercado de la propiedad. De acuerdo con la especialista, «cada avance en eficiencia energética podría traducirse en un aumento de hasta un 1.3 % en el precio», ya que el certificado proporciona información fundamental al tasador para analizar el rendimiento energético de la propiedad. Además, la nueva normativa establece que la información registral y catastral del inmueble no debe tener más de tres meses de antigüedad para que se considere en la tasación. De igual manera, esta disposición se aplica cuando se utiliza el valor de la tasación como colateral para hipotecas, lo que amplifica su influencia en el proceso de compra-venta. Con esta modificación, los vendedores deben adherirse a esta nueva normativa antes de firmar contratos preliminares; de lo contrario, pueden enfrentar implicaciones negativas en el proceso legal o financiero de la transacción.
Adquirir una vivienda es el anhelo de muchas personas, pero llevar a cabo este proceso no es sencillo. Por ello, cuando encuentran una casa que se ajusta a sus necesidades, están dispuestos a tomar las medidas necesarias para convertirla en su hogar, como firmar un contrato de arras. Este contrato es un documento que establece un acuerdo privado entre el comprador y el vendedor para asegurar la reserva de la propiedad mediante un pago anticipado del futuro propietario, mientras busca el financiamiento necesario para finalizar la compra. Sin embargo, la asesora financiera y experta hipotecaria Montse Cespedosa advierte a los compradores en su TikTok: «No firmes el contrato de arras a menos que te entreguen primero el certificado de eficiencia energética (CEE)». A partir del 12 de agosto, quienes deseen vender una vivienda en España deben asegurarse de que el inmueble tenga un certificado de eficiencia energética válido antes de que el tasador realice su informe, según la nueva Orden ECM/599/2025. Esta modificación legal requiere que el certificado energético, si es necesario, se incluya como parte esencial de la tasación. Si la propiedad no cuenta con él, el dueño debe gestionarlo antes de que el tasador complete su evaluación. Esta solicitud es particularmente importante ya que desde 2013 era necesario contar con el CEE para la venta de un inmueble, a menos que el comprador decidiera renunciar a él de manera explícita; sin embargo, la nueva disposición establece que el certificado debe estar listo antes de la tasación técnica del inmueble. Cespedosa destaca que esta modificación podría influir directamente en el precio de tasación y en el valor de mercado de la propiedad. De acuerdo con la especialista, «cada avance en eficiencia energética podría traducirse en un aumento de hasta un 1.3 % en el precio», ya que el certificado proporciona información fundamental al tasador para analizar el rendimiento energético de la propiedad. Además, la nueva normativa establece que la información registral y catastral del inmueble no debe tener más de tres meses de antigüedad para que se considere en la tasación. De igual manera, esta disposición se aplica cuando se utiliza el valor de la tasación como colateral para hipotecas, lo que amplifica su influencia en el proceso de compra-venta. Con esta modificación, los vendedores deben adherirse a esta nueva normativa antes de firmar contratos preliminares; de lo contrario, pueden enfrentar implicaciones negativas en el proceso legal o financiero de la transacción.