La Comisión Europea también reclama una sanción mínima de 7,54 millones y una multa diaria de 135.811 euros si España no adapta la normativa
España continúa sin seguir las normas. Nuestro país todavía no ha adaptado su legislación al nuevo régimen europeo de franquicia del IVA para pequeñas empresas y autónomos, pese a que la normativa debía estar en vigor desde el 1 de enero de 2025. El retraso no solo mantiene a nuestro país fuera de las exigencias comunitarias, sino que también agrava las consecuencias económicas. Ante este incumplimiento, la Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y solicitar que le imponga una multa coercitiva de 32.430 euros por cada día de demora hasta que complete la transposición de la Directiva (UE) 2020/285, que introdujo importantes cambios en las normas del IVA aplicables a las pequeñas empresas.La cuantía de 32.430 euros diarios no constituye una sanción ya impuesta, sino la cantidad que la Comisión Europea solicita al TJUE que condene a pagar a España por el tiempo durante el que haya persistido el incumplimiento, calculada desde el 1 de enero de 2025 hasta que el Estado adapte su legislación o, en su defecto, hasta que se dicte sentencia. Bruselas también pide que esa cantidad no sea inferior a 7,54 millones de euros y, si el incumplimiento continúa tras el fallo judicial, reclama además una multa coercitiva de 135.811,20 euros al día hasta que España complete la transposición de la Directiva (UE) 2020/285. En última instancia, será el Tribunal quien decida si impone estas sanciones y en qué cuantía.Reforma pendiente desde enero de 2025La Directiva (UE) 2020/285 modificó el sistema común del IVA con el objetivo de simplificar las obligaciones fiscales de las pequeñas empresas (pymes) que desarrollan actividad en distintos Estados miembros. Entre otras medidas, introduce un régimen de franquicia que evita que determinados negocios tengan que registrarse a efectos del IVA en varios países cuando su volumen de negocio es reducido.La Comisión Europea aclaró que todos los Estados miembros de la Unión Europea (UE) debían poner en vigor la legislación necesaria para transponer esta directiva «a más tardar el 31 de diciembre de 2024». Sin embargo, España continúa sin completar la transposición. Este retraso impide que las pequeñas empresas y los trabajadores autónomos puedan beneficiarse de un régimen armonizado del IVA en sus operaciones dentro del mercado único.Antes de acudir a la Justicia europea, la Comisión Europea remitió a las autoridades españolas una carta de emplazamiento y un dictamen motivado, sin que finalmente se aprobara la normativa exigida.El proyecto de ley sigue bloqueadoEl Gobierno ha iniciado la adaptación normativa mediante un proyecto de ley que modifica diversas normas tributarias e incorpora nuevas medidas de control sobre los criptoactivos. No obstante, la tramitación parlamentaria continúa pendiente tras la presentación de numerosas enmiendas que han ralentizado su aprobación.Mientras la reforma no entre en vigor,
España continúa sin seguir las normas. Nuestro país todavía no ha adaptado su legislación al nuevo régimen europeo de franquicia del IVA para pequeñas empresas y autónomos, pese a que la normativa debía estar en vigor desde el 1 de enero de 2025. El retraso no solo mantiene a nuestro país fuera de las exigencias comunitarias, sino que también agrava las consecuencias económicas. Ante este incumplimiento, la Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y solicitar que le imponga una multa coercitiva de 32.430 euros por cada día de demora hasta que complete la transposición de la Directiva (UE) 2020/285, que introdujo importantes cambios en las normas del IVA aplicables a las pequeñas empresas. La cuantía de 32.430 euros diarios no constituye una sanción ya impuesta, sino la cantidad que la Comisión Europea solicita al TJUE que condene a pagar a España por el tiempo durante el que haya persistido el incumplimiento, calculada desde el 1 de enero de 2025 hasta que el Estado adapte su legislación o, en su defecto, hasta que se dicte sentencia. Bruselas también pide que esa cantidad no sea inferior a 7,54 millones de euros y, si el incumplimiento continúa tras el fallo judicial, reclama además una multa coercitiva de 135.811,20 euros al día hasta que España complete la transposición de la Directiva (UE) 2020/285. En última instancia, será el Tribunal quien decida si impone estas sanciones y en qué cuantía. Reforma pendiente desde enero de 2025 La Directiva (UE) 2020/285 modificó el sistema común del IVA con el objetivo de simplificar las obligaciones fiscales de las pequeñas empresas (pymes) que desarrollan actividad en distintos Estados miembros. Entre otras medidas, introduce un régimen de franquicia que evita que determinados negocios tengan que registrarse a efectos del IVA en varios países cuando su volumen de negocio es reducido. La Comisión Europea aclaró que todos los Estados miembros de la Unión Europea (UE) debían poner en vigor la legislación necesaria para transponer esta directiva «a más tardar el 31 de diciembre de 2024». Sin embargo, España continúa sin completar la transposición. Este retraso impide que las pequeñas empresas y los trabajadores autónomos puedan beneficiarse de un régimen armonizado del IVA en sus operaciones dentro del mercado único. Antes de acudir a la Justicia europea, la Comisión Europea remitió a las autoridades españolas una carta de emplazamiento y un dictamen motivado, sin que finalmente se aprobara la normativa exigida. El proyecto de ley sigue bloqueado El Gobierno ha iniciado la adaptación normativa mediante un proyecto de ley que modifica diversas normas tributarias e incorpora nuevas medidas de control sobre los criptoactivos. No obstante, la tramitación parlamentaria continúa pendiente tras la presentación de numerosas enmiendas que han ralentizado su aprobación. Mientras la reforma no entre en
