El letrado especializado en economía explica en qué casos es recomendable renunciar o no a una sucesión debido a las deudas
Además de los conflictos que suelen surgir en torno a las herencias, estas también pueden conllevar grandes gastos para los sucesores. Una situación que supone una mayor complicación para aquellos que ya tengan deudas de antemano. Es por ello que muchos optan por renunciar para evitar pagar a sus acreedores. Una decisión que puede llegar a traer problemas a quienes la toman.Según explica el abogado especializado en economía y herencias, David Jiménez, lo que no saben aquellos que deciden renunciar a su herencia para no pagar sus deudas es que no solo los acreedores terminarán quedándose con la cuantía que han rechazado, sino que también se perderá lo que sobre. «Así que renunciando pagas igual y encima pierdes el resto».El Código Civil recoge el mecanismo de renuncia en perjuicio de acreedoresEsto se debe a un mecanismo recogido en el Código Civil, concretamente, en su artículo 1001, en el cual queda establecido que: «Si el heredero repudia la herencia en perjuicio de sus propios acreedores, podrán estos pedir al juez que los autorice para aceptarla en nombre de aquel». Sin embargo, establece que los acreedores solo podrán recibir el importe para cubrir sus créditos.Ello incluiría los bienes y las riquezas que el sucesor debería haber recibido al aceptar la herencia. «Y lo que sobra no va a ti, porque tú has renunciado», explica el abogado, sino que el Código Civil establece que lo recibirán a quienes les corresponda, normalmente, el siguiente en la sucesión. Aunque el proceso no es automático, sino que los acreedores deben demostrar «que de otro modo no cobran».Este no es el caso de las herencias que ya vienen con deudas, recuerda el letrado, pues en estas sí conviene renunciar para evitar pagar a los cobradores. «Ahí renunciar sí tiene sentido y ningún acreedor va a mover ficha», asegura. Sin embargo, en territorios forales o Cataluña, estas cuestiones pueden estar formuladas de diferente manera, por lo que cabe consultar a un abogado especializado.Requisitos para poder renunciar a una herenciaCabe recordar que renunciar a una herencia supone no solo el rechazo de las deudas, sino también de los bienes y riquezas que vienen asociadas a ellas. Asimismo, una vez se ha finalizado el proceso de renuncia, este es irrevocable, por lo que es necesario tener en cuenta todos los factores antes de tomar la decisión. En caso de haber decidido hacerlo, es necesario que se haga a partir de los nueve días del fallecimiento del causante y no antes.Para poder renunciar a una herencia es necesario cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, se debe ser mayor de edad, estar en plenas capacidades y no haber aceptado la herencia anteriormente. Una vez cubiertas esas condiciones, es necesario que el sucesor no tenga deudas pendientes con la persona fallecida ni que se encuentre en un proceso de declaración de insolvencia. Además, se deberá pagar una tasa al notario, cuya cuantía dependerá del número de folios utilizado
Además de los conflictos que suelen surgir en torno a las herencias, estas también pueden conllevar grandes gastos para los sucesores. Una situación que supone una mayor complicación para aquellos que ya tengan deudas de antemano. Es por ello que muchos optan por renunciar para evitar pagar a sus acreedores. Una decisión que puede llegar a traer problemas a quienes la toman. Según explica el abogado especializado en economía y herencias, David Jiménez, lo que no saben aquellos que deciden renunciar a su herencia para no pagar sus deudas es que no solo los acreedores terminarán quedándose con la cuantía que han rechazado, sino que también se perderá lo que sobre. «Así que renunciando pagas igual y encima pierdes el resto». El Código Civil recoge el mecanismo de renuncia en perjuicio de acreedores Esto se debe a un mecanismo recogido en el Código Civil, concretamente, en su artículo 1001, en el cual queda establecido que: «Si el heredero repudia la herencia en perjuicio de sus propios acreedores, podrán estos pedir al juez que los autorice para aceptarla en nombre de aquel». Sin embargo, establece que los acreedores solo podrán recibir el importe para cubrir sus créditos. Ello incluiría los bienes y las riquezas que el sucesor debería haber recibido al aceptar la herencia. «Y lo que sobra no va a ti, porque tú has renunciado», explica el abogado, sino que el Código Civil establece que lo recibirán a quienes les corresponda, normalmente, el siguiente en la sucesión. Aunque el proceso no es automático, sino que los acreedores deben demostrar «que de otro modo no cobran». Este no es el caso de las herencias que ya vienen con deudas, recuerda el letrado, pues en estas sí conviene renunciar para evitar pagar a los cobradores. «Ahí renunciar sí tiene sentido y ningún acreedor va a mover ficha», asegura. Sin embargo, en territorios forales o Cataluña, estas cuestiones pueden estar formuladas de diferente manera, por lo que cabe consultar a un abogado especializado. Requisitos para poder renunciar a una herencia Cabe recordar que renunciar a una herencia supone no solo el rechazo de las deudas, sino también de los bienes y riquezas que vienen asociadas a ellas. Asimismo, una vez se ha finalizado el proceso de renuncia, este es irrevocable, por lo que es necesario tener en cuenta todos los factores antes de tomar la decisión. En caso de haber decidido hacerlo, es necesario que se haga a partir de los nueve días del fallecimiento del causante y no antes. Para poder renunciar a una herencia es necesario cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, se debe ser mayor de edad, estar en plenas capacidades y no haber aceptado la herencia anteriormente. Una vez cubiertas esas condiciones, es necesario que el sucesor no tenga deudas pendientes con la persona fallecida ni que se encuentre en un proceso de declaración de insolvencia. Además, se deberá pagar una tasa al notario, cuya cuantía dependerá del número de foli
