La circulación en España es uno de los temas más preocupa a la población en su día a día, sobre todo en grandes ciudades como Madrid o Barcelona. Conocer algunos de los puntos más importantes del Reglamento General de Circulación o la Ley de Tráfico te pueden tanto ahorrar un disgusto.
De hecho nuestro carnet de conducir es tan estricto puesto que es uno de los mejor valorados a nivel internacional. Tal es el caso que con el carnet de conducir español puedes circular legalmente por más de 50 países y más de 170 si lo combinas con el Permiso Internacional de Conducir (PIC).
Ahora bien, para nadie es una novedad que a medida que avanza el tiempo se van incorporando nuevas normas para evitar los accidentes de tráfico, exceso de emisiones o simplemente regular el tráfico de grandes ciudades. De esta manera, la Dirección General de Tráfico actualizará el próximo mes de octubre su reglamento y conocer dichas actualizaciones te pueden salvar de una buena multa.
El gesto que no podrás hacer al volante a partir del 1 de octubre
Un gesto muy recurrente entre los conductores es circular con el brazo por fuera de la ventanilla y esta acción va a dejar de ser permitida puesto que puede ser un peligro ya que en caso de colisión nuestro brazo quedaría totalmente desprotegido. Se trata de una normativa que trata de no hacer peligrar la seguridad vial y que según muchos es necesaria.
Los agentes pueden acogerse tanto al artículo 3.1, en el que se especifica que «Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario«, como al artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación en el que se aclara que » El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía».
Aunque depende mucho de la interpretación del agente, esta acción puede llevar a una multa de hasta 200 euros en casos más graves. Hasta 100 euros si la postura impide mantener una posición adecuada o dificulta el control del coche. Hasta 200 euros si el agente considera que existe un riesgo concreto para la seguridad vial.
En general, no implica pérdida de puntos, salvo que la conducta se acompañe de otra infracción más grave.
Otras normas que estarán en vigor a partir de octubre
Los cambios o mejor dicho las actualizaciones que se harán a partir del 1 de octubre son diversas, tanto para motociclistas, como para conductores de turismos y de vehículos de movilidad personal. Si nos centramos en los relativos a los turismos, las modificaciones que más afectan vienen en relación con las vías interurbanas.
De esta manera las principales modificaciones quedaría de la siguiente forma:
- Los vehículos que rebasen a otros inmovilizados ya sea por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deben dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía.
- En autopistas y autovías, cuando la circulación quede dificultada a causa de la nieve, queda prohibido adelantar y se circulará únicamente por el carril de la derecha dejando expedito el de la izquierda para la circulación de los vehículos de emergencia y quitanieves.
- Cuando, con motivo de una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia, espacio denominado “carril de emergencia”.
La circulación en España es uno de los temas más preocupa a la población en su día a día, sobre todo en grandes ciudades como Madrid o Barcelona. Conocer algunos de los puntos más importantes del Reglamento General de Circulación o la Ley de Tráfico te pueden tanto ahorrar un disgusto.. De hecho nuestro carnet de conducir es tan estricto puesto que es uno de los mejor valorados a nivel internacional. Tal es el caso que con el carnet de conducir español puedes circular legalmente por más de 50 países y más de 170 si lo combinas con el Permiso Internacional de Conducir (PIC).. Ahora bien, para nadie es una novedad que a medida que avanza el tiempo se van incorporando nuevas normas para evitar los accidentes de tráfico, exceso de emisiones o simplemente regular el tráfico de grandes ciudades. De esta manera, la Dirección General de Tráfico actualizará el próximo mes de octubre su reglamento y conocer dichas actualizaciones te pueden salvar de una buena multa.. El gesto que no podrás hacer al volante a partir del 1 de octubre. Un gesto muy recurrente entre los conductores es circular con el brazo por fuera de la ventanilla y esta acción va a dejar de ser permitida puesto que puede ser un peligro ya que en caso de colisión nuestro brazo quedaría totalmente desprotegido. Se trata de una normativa que trata de no hacer peligrar la seguridad vial y que según muchos es necesaria.. Los agentes pueden acogerse tanto al artículo 3.1, en el que se especifica que «Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario», como al artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación en el que se aclara que » El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía».. Aunque depende mucho de la interpretación del agente, esta acción puede llevar a una multa de hasta 200 euros en casos más graves. Hasta 100 euros si la postura impide mantener una posición adecuada o dificulta el control del coche. Hasta 200 euros si el agente considera que existe un riesgo concreto para la seguridad vial.. En general, no implica pérdida de puntos, salvo que la conducta se acompañe de otra infracción más grave.. Otras normas que estarán en vigor a partir de octubre. Los cambios o mejor dicho las actualizaciones que se harán a partir del 1 de octubre son diversas, tanto para motociclistas, como para conductores de turismos y de vehículos de movilidad personal. Si nos centramos en los relativos a los turismos, las modificaciones que más afectan vienen en relación con las vías interurbanas.. De esta manera las principales modificaciones quedaría de la siguiente forma:. Los vehículos que rebasen a otros inmovilizados ya sea por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deben dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía.. En autopistas y autovías, cuando la circulación quede dificultada a causa de la nieve, queda prohibido adelantar y se circulará únicamente por el carril de la derecha dejando expedito el de la izquierda para la circulación de los vehículos de emergencia y quitanieves.. Cuando, con motivo de una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia, espacio denominado “carril de emergencia”.
El próximo mes entrará en vigor una de las reformas más importantes del Reglamento General de Circulación de los últimos tiempos
La circulación en España es uno de los temas más preocupa a la población en su día a día, sobre todo en grandes ciudades como Madrid o Barcelona. Conocer algunos de los puntos más importantes del Reglamento General de Circulación o la Ley de Tráfico te pueden tanto ahorrar un disgusto.. De hecho nuestro carnet de conducir es tan estricto puesto que es uno de los mejor valorados a nivel internacional. Tal es el caso que con el carnet de conducir español puedes circular legalmente por más de 50 países y más de 170 si lo combinas con el Permiso Internacional de Conducir (PIC).. Ahora bien, para nadie es una novedad que a medida que avanza el tiempo se van incorporando nuevas normas para evitar los accidentes de tráfico, exceso de emisiones o simplemente regular el tráfico de grandes ciudades. De esta manera, la Dirección General de Tráfico actualizará el próximo mes de octubre su reglamento y conocer dichas actualizaciones te pueden salvar de una buena multa.. El gesto que no podrás hacer al volante a partir del 1 de octubre. Un gesto muy recurrente entre los conductores es circular con el brazo por fuera de la ventanilla y esta acción va a dejar de ser permitida puesto que puede ser un peligro ya que en caso de colisión nuestro brazo quedaría totalmente desprotegido. Se trata de una normativa que trata de no hacer peligrar la seguridad vial y que según muchos es necesaria.. Los agentes pueden acogerse tanto al artículo 3.1, en el que se especifica que «Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario», como al artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación en el que se aclara que » El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía».. Aunque depende mucho de la interpretación del agente, esta acción puede llevar a una multa de hasta 200 euros en casos más graves. Hasta 100 euros si la postura impide mantener una posición adecuada o dificulta el control del coche. Hasta 200 euros si el agente considera que existe un riesgo concreto para la seguridad vial.. En general, no implica pérdida de puntos, salvo que la conducta se acompañe de otra infracción más grave.. Otras normas que estarán en vigor a partir de octubre. Los cambios o mejor dicho las actualizaciones que se harán a partir del 1 de octubre son diversas, tanto para motociclistas, como para conductores de turismos y de vehículos de movilidad personal. Si nos centramos en los relativos a los turismos, las modificaciones que más afectan vienen en relación con las vías interurbanas.. De esta manera las principales modificaciones quedaría de la siguiente forma:. Los vehículos que rebasen a otros inmovilizados ya sea por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deben dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía.. En autopistas y autovías, cuando la circulación quede dificultada a causa de la nieve, queda prohibido adelantar y se circulará únicamente por el carril de la derecha dejando expedito el de la izquierda para la circulación de los vehículos de emergencia y quitanieves.. Cuando, con motivo de una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia, espacio denominado “carril de emergencia”.
