La letrada especializada en herencias y conflictos familiares explica cuál es la mejor solución para prohibir que uno de los sucesores se deshaga de la vivienda o bien que recibió en el testamento
La escritura del testamento puede llegar a ser un proceso especialmente complejo, sobre todo cuando se tiene constancia de que los sucesores pueden entrar en disputas debido a la repartición o la decisión de venta de los bienes heredados. Por ello, miles de gurús en internet explican supuestas estrategias con el objetivo de facilitar este proceso, pero que pueden acabar generando mayores complicaciones para los herederos.. Precisamente, una de estas creencias tiene como finalidad evitar que uno de los herederos ponga en venta de manera inmediata alguno de los bienes o inmuebles que reciba mediante el testamento; es dividir la propiedad en diferentes porcentajes y otorgarle parte a otro de los sucesores. Sin embargo, como explica la abogada especializada en herencias y conflictos familiares, Laura Lobo del Dedo, esto podría acabar perjudicando a sus descendientes.. Para explicar las consecuencias de incluir esta división en el testamento, la letrada puso un ejemplo de una de sus clientas. Según explicó, la mujer tenía un interés especial en algunas de sus viviendas, pero su hijo ya le había comunicado su intención de venderlas en el momento en el que falleciera.. El Código Civil establece la posibilidad de los condueños de vender su porcentaje del bien. Con el objetivo de evitar la venta, buscó asesoramiento legal en otro bufete, en el que le recomendaron dejarle únicamente el 90% de la propiedad y destinar un 10% para otro de los herederos. «El fundamento era que, como el otro hijo tenía un 10%, nunca podría vender la casa porque, si el otro no daba su consentimiento, el inmueble no se podría vender», explica.. Sin embargo, este argumento no es correcto según lo dispuesto legalmente. «Cualquier persona que tenga un porcentaje sobre una propiedad tiene derecho a venderlo, aunque sea un 1%; puede vender su porcentaje, el 1, el 10, el 90, lo que tenga…», asegura Laura Lobo. Algo que aparece dispuesto en el artículo 399 del Código Civil, que otorga «la plena propiedad de su parte y la de los frutos y utilidades que le correspondan» a su condueño.. Asimismo, aquel heredero que recibiera el 90% de la vivienda podría solicitar la división judicial de la cosa común, como explica la abogada. Este es un procedimiento legal dispuesto en el artículo 400 del Código Civil, el cual permite poner fin a una copropiedad cuando un inmueble o bien pertenece a varias personas y entre ellas no se llega a un acuerdo sobre qué hacer con él.. Lo más aconsejable es redactar un testamento personalizado. Todo ello demuestra que la división por porcentajes de un bien o inmueble en el testamento no es una herramienta verdaderamente útil para evitar que esta se ponga en venta inmediatamente después de recibirla como herencia. «Porque lo único que estás haciendo es meter en problemas al otro heredero, que se verá forzado a vender el inmueble o a un procedimiento judicial de división de la cosa», concluye la letrada.. Lo que recomienda es realizar un testamento personalizado «para especificar exactamente qué es lo que quieres», incluyendo diferentes cláusulas en las que determinar cómo deben actuar los herederos una vez reciban las riquezas que les corresponden. Asimismo, se pueden incluir disposiciones con las que establecer el modo de actuar en el caso de que se produzca una disputa entre ellos.. Para poder realizar este tipo de testamentos, es necesario acudir a un abogado especializado en herencias, el cual se encargará de analizar la situación concreta tanto de la economía familiar como la de sus vínculos y determinará qué disposiciones conviene incluir para evitar gastos sorpresa o disputas. Algo que, si bien requiere más tiempo que si se redactara el modelo estándar, garantizará que se cumplan las últimas voluntades del interesado.
La escritura del testamento puede llegar a ser un proceso especialmente complejo, sobre todo cuando se tiene constancia de que los sucesores pueden entrar en disputas debido a la repartición o la decisión de venta de los bienes heredados. Por ello, miles de gurús en internet explican supuestas estrategias con el objetivo de facilitar este proceso, pero que pueden acabar generando mayores complicaciones para los herederos.. Precisamente, una de estas creencias tiene como finalidad evitar que uno de los herederos ponga en venta de manera inmediata alguno de los bienes o inmuebles que reciba mediante el testamento; es dividir la propiedad en diferentes porcentajes y otorgarle parte a otro de los sucesores. Sin embargo, como explica la abogada especializada en herencias y conflictos familiares, Laura Lobo del Dedo, esto podría acabar perjudicando a sus descendientes.. Para explicar las consecuencias de incluir esta división en el testamento, la letrada puso un ejemplo de una de sus clientas. Según explicó, la mujer tenía un interés especial en algunas de sus viviendas, pero su hijo ya le había comunicado su intención de venderlas en el momento en el que falleciera.. El Código Civil establece la posibilidad de los condueños de vender su porcentaje del bien. Con el objetivo de evitar la venta, buscó asesoramiento legal en otro bufete, en el que le recomendaron dejarle únicamente el 90% de la propiedad y destinar un 10% para otro de los herederos. «El fundamento era que, como el otro hijo tenía un 10%, nunca podría vender la casa porque, si el otro no daba su consentimiento, el inmueble no se podría vender», explica.. Sin embargo, este argumento no es correcto según lo dispuesto legalmente. «Cualquier persona que tenga un porcentaje sobre una propiedad tiene derecho a venderlo, aunque sea un 1%; puede vender su porcentaje, el 1, el 10, el 90, lo que tenga…», asegura Laura Lobo. Algo que aparece dispuesto en el artículo 399 del Código Civil, que otorga «la plena propiedad de su parte y la de los frutos y utilidades que le correspondan» a su condueño.. Asimismo, aquel heredero que recibiera el 90% de la vivienda podría solicitar la división judicial de la cosa común, como explica la abogada. Este es un procedimiento legal dispuesto en el artículo 400 del Código Civil, el cual permite poner fin a una copropiedad cuando un inmueble o bien pertenece a varias personas y entre ellas no se llega a un acuerdo sobre qué hacer con él.. Lo más aconsejable es redactar un testamento personalizado. Todo ello demuestra que la división por porcentajes de un bien o inmueble en el testamento no es una herramienta verdaderamente útil para evitar que esta se ponga en venta inmediatamente después de recibirla como herencia. «Porque lo único que estás haciendo es meter en problemas al otro heredero, que se verá forzado a vender el inmueble o a un procedimiento judicial de división de la cosa», concluye la letrada.. Lo que recomienda es realizar un testamento personalizado «para especificar exactamente qué es lo que quieres», incluyendo diferentes cláusulas en las que determinar cómo deben actuar los herederos una vez reciban las riquezas que les corresponden. Asimismo, se pueden incluir disposiciones con las que establecer el modo de actuar en el caso de que se produzca una disputa entre ellos.. Para poder realizar este tipo de testamentos, es necesario acudir a un abogado especializado en herencias, el cual se encargará de analizar la situación concreta tanto de la economía familiar como la de sus vínculos y determinará qué disposiciones conviene incluir para evitar gastos sorpresa o disputas. Algo que, si bien requiere más tiempo que si se redactara el modelo estándar, garantizará que se cumplan las últimas voluntades del interesado.
