El artículo 11.2 del Real Decreto 1620/2011 establece que el fallecimiento del titular extingue automáticamente el contrato pero genera el derecho a una indemnización equivalente a un mes de salario con independencia de la antigüedad, según ha detallado el letrado Víctor Arpa
Aunque no es una circunstancia habitual, la muerte del empleador es uno de los momentos más delicados para una empleada de hogar, y no tiene que ser únicamente por la pérdida en sí; existe la posibilidad de que se llegue a dar el caso de que los familiares de la persona fallecida dan por hecho que la relación laboral se cierra sin ninguna obligación económica de por medio.El abogado laboralista Víctor Arpa ha querido desmontar esta creencia mediante una argumentación que ha sorprendido a todo aquel que ha sido testigo de ella. En este sentido, el experto ha insistido en que ni la muerte del empleador ni la falta de papeles eliminan los derechos que corresponden a la trabajadora. «¿Ha fallecido la persona para la que trabajabas y ahora sus hijos te dicen que recojas tus cosas y te marches sin cobrar nada? No lo hagas, aunque estés sin papeles: tienes derechos», advierte el letradoEl propio Arpa explica que, aunque el fallecimiento pone fin a la relación laboral, esa extinción no borra las obligaciones económicas pendientes. Esta situación está articulada de forma expresa en el artículo 11.2 del Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar, y que establece que la muerte del empleador extingue automáticamente el contrato generando el derecho a una indemnización equivalente a un mes de salario, con independencia de la antigüedad que tuviera la trabajadora en ese puesto.»La ley establece que tienes derecho a recibir tu indemnización, y eso no es todo»Esta indemnización, además, corre a cargo de los herederos de la persona fallecida, que son quienes asumen la obligación de abonarla junto al resto de cantidades pendientes.»La ley establece que tienes derecho a recibir tu indemnización, y eso no es todo», subraya, detallando a la vez que además de esa indemnización por mes de salario, la trabajadora tiene derecho a cobrar el finiquito correspondiente: los días trabajados y todavía no abonados, las pagas extras que nunca llegó a percibir, y las vacaciones generadas y no disfrutadas durante toda la relación laboral.El abogado pone también el foco en una situación algo más habitual de lo que parece, y esta es el hecho de que haya empleadas del hogar que cobren por debajo del salario que les correspondía legalmente. «Si te han pagado menos del salario que te correspondía, si realizabas más horas de las que te reconocían, o si existen mensualidades pendientes, esas cantidades también pueden reclamarse, siempre que no haya transcurrido el plazo legal», advierte Arpa.»Estar sin papeles tampoco significa trabajar sin derechos»Sobre la situación administrativa de la trabajadora, el letrado es igual de contundente: «Estar sin papeles tampoco significa trabajar sin derechos. La ley dice claramente que la falta de permiso de residencia o de trabajo no elimina tus derechos como trabajadora». Este principio, que Arpa ya ha defendido en otras ocasiones al hablar de los derechos
Aunque no es una circunstancia habitual, la muerte del empleador es uno de los momentos más delicados para una empleada de hogar, y no tiene que ser únicamente por la pérdida en sí; existe la posibilidad de que se llegue a dar el caso de que los familiares de la persona fallecida dan por hecho que la relación laboral se cierra sin ninguna obligación económica de por medio. El abogado laboralista Víctor Arpa ha querido desmontar esta creencia mediante una argumentación que ha sorprendido a todo aquel que ha sido testigo de ella. En este sentido, el experto ha insistido en que ni la muerte del empleador ni la falta de papeles eliminan los derechos que corresponden a la trabajadora. «¿Ha fallecido la persona para la que trabajabas y ahora sus hijos te dicen que recojas tus cosas y te marches sin cobrar nada? No lo hagas, aunque estés sin papeles: tienes derechos», advierte el letrado El propio Arpa explica que, aunque el fallecimiento pone fin a la relación laboral, esa extinción no borra las obligaciones económicas pendientes. Esta situación está articulada de forma expresa en el artículo 11.2 del Real Decreto 1620/2011, que regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar, y que establece que la muerte del empleador extingue automáticamente el contrato generando el derecho a una indemnización equivalente a un mes de salario, con independencia de la antigüedad que tuviera la trabajadora en ese puesto. «La ley establece que tienes derecho a recibir tu indemnización, y eso no es todo» Esta indemnización, además, corre a cargo de los herederos de la persona fallecida, que son quienes asumen la obligación de abonarla junto al resto de cantidades pendientes. «La ley establece que tienes derecho a recibir tu indemnización, y eso no es todo», subraya, detallando a la vez que además de esa indemnización por mes de salario, la trabajadora tiene derecho a cobrar el finiquito correspondiente: los días trabajados y todavía no abonados, las pagas extras que nunca llegó a percibir, y las vacaciones generadas y no disfrutadas durante toda la relación laboral. El abogado pone también el foco en una situación algo más habitual de lo que parece, y esta es el hecho de que haya empleadas del hogar que cobren por debajo del salario que les correspondía legalmente. «Si te han pagado menos del salario que te correspondía, si realizabas más horas de las que te reconocían, o si existen mensualidades pendientes, esas cantidades también pueden reclamarse, siempre que no haya transcurrido el plazo legal», advierte Arpa. «Estar sin papeles tampoco significa trabajar sin derechos» Sobre la situación administrativa de la trabajadora, el letrado es igual de contundente: «Estar sin papeles tampoco significa trabajar sin derechos. La ley dice claramente que la falta de permiso de residencia o de trabajo no elimina tus derechos como trabajadora». Este principio, que Arpa ya ha defendido en otras ocasiones al hablar de los d
