En noviembre de 2024, cuando la acusación popular, integrada, entre otros, por Hazte Oír y Vox, solicitó la retirada del pasaporte a Begoña Gómez, el juez Juan Carlos Peinado lo rechazó alegando que la investigada disfrutaba de “una situación y condiciones superiores a los de la media de cualquier ciudadano residente en España” y era “difícilmente contemplable” que pretendiera “residir en cualquier otro país con carácter prolongado en el tiempo”, lo que hacía “innecesaria y desproporcionada” esa medida cautelar. Un año y siete meses después, el mismo magistrado decidió que sí era pertinente prohibir a la esposa del jefe del Ejecutivo viajar al extranjero: “Se alega por el letrado de la acusada que dada su condición de esposa del actual presidente del Gobierno, ello implica que en todo momento se encuentre acompañada y custodiada por agentes o miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado, pero lo que no cabe duda es que esos agentes, en un momento determinado, pueden, bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos, sean [sic] precisamente, quienes colaboren en la acción o acciones que se lleven a cabo para facilitar esa fuga”. Seguir leyendo
En noviembre de 2024, cuando la acusación popular, integrada, entre otros, por Hazte Oír y Vox, solicitó la retirada del pasaporte a Begoña Gómez, el juez Juan Carlos Peinado lo rechazó alegando que la investigada disfrutaba de “una situación y condiciones superiores a los de la media de cualquier ciudadano residente en España” y era “difícilmente contemplable” que pretendiera “residir en cualquier otro país con carácter prolongado en el tiempo”, lo que hacía “innecesaria y desproporcionada” esa medida cautelar. Un año y siete meses después, el mismo magistrado decidió que sí era pertinente prohibir a la esposa del jefe del Ejecutivo viajar al extranjero: “Se alega por el letrado de la acusada que dada su condición de esposa del actual presidente del Gobierno, ello implica que en todo momento se encuentre acompañada y custodiada por agentes o miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado, pero lo que no cabe duda es que esos agentes, en un momento determinado, pueden, bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos, sean [sic] precisamente, quienes colaboren en la acción o acciones que se lleven a cabo para facilitar esa fuga”. Seguir leyendo
Magistrados y catedráticos analizan las decisiones judiciales más controvertidas y los déficits de control sobre los jueces
