El letrado explica cómo esta reforma mejora las condiciones de los pensionistas mientras contiúan su actividad laboral pero empeora las condiciones referentes a la cotización
Este pasado 28 de agosto entró en vigor la nueva regulación de la jubilación flexible. Una medida anunciada por el Gobierno para lograr que cada vez más jubilados decidan reincorporarse al mercado laboral a la vez que continúan recibiendo su pensión, pero que también trae novedades en cuanto a la cotización, según advierte el abogado Raúl Gómez.. Esta nueva regulación aparece reflejada en el Real Decreto 416/2026, de 27 de mayo, y su objetivo es facilitar que los pensionistas que ya hayan solicitado la jubilación puedan retomar su carrera profesional con una jornada más flexible. Asimismo, podrán recibir tanto el salario por su trabajo como el porcentaje de pensión respectivo.. Una medida que el letrado y colaborador del programa ‘No son horas’ de «Onda Cero» ha definido como «una de esas reformas legales en materia de Seguridad Social que cuando lees el titular parece estupenda, pero cuando ves la letra pequeña descubres que a lo mejor no es para tirar cohetes». Esto se debe a que, aunque incluye una mayor libertad en cuanto al porcentaje de la jornada laboral, también supone un cambio en cuanto a la cotización.. ¿Qué es la jubilación flexible?. En primer lugar, es importante definir qué se considera jubilación flexible en España. Según explica el Ministerio de Seguridad Social, esta se produce cuando el trabajador ya se encuentra en situación de jubilación y recibe una pensión, pero decide compaginarla con un trabajo a tiempo parcial. A diferencia de la jubilación parcial, «en la que se produce una transición desde el trabajo a la jubilación», como explica Gómez.. Debido al creciente envejecimiento del país, la dificultad de sostener el sistema de pensiones y la baja efectividad que estaba teniendo esta medida por el reducido número de solicitantes, el Gobierno ha decidido convertirla en una opción más atractiva. La primera diferencia notable es que, mientras que antes se limitaba a la jornada parcial en trabajos por cuenta ajena, ahora también incluye trabajos por cuenta propia en determinadas situaciones.. «En concreto, podrá hacerlo el pensionista que no hubiera estado dado de alta como trabajador autónomo durante los 3 últimos años inmediatamente anteriores al momento en el que causó su pensión de jubilación», asegura Gómez. Asimismo, la revista de la Seguridad Social especifica que en estos casos, los jubilados continuarán percibiendo hasta un 25% de su pensión, a lo que se sumará el dinero generado con su actividad laboral.. Novedades en cuanto a la jornada y bonificaciones. En el caso de que se vaya a optar por un trabajo por cuenta ajena, la jornada parcial se amplía, situándose entre el 33% y el 80%, en comparación con el margen anteriormente establecido de entre 25% y 75%. En estos casos, «la pensión se reduce en proporción inversa a la jornada realizada», explica el abogado. Sin embargo, aquellos que vayan a acceder a la jubilación flexible a los 6 meses desde que causaron la jubilación, recibirán un incentivo en su pensión.. Según lo establecido en la nueva regulación, la pensión de aquellos que realicen una jornada laboral situada entre el 55% y el 80% de la jornada ordinaria recibirá un incentivo del 25%. Aquellos cuya jornada sea del 33% o superior, sin llegar al 55%, recibirán un 15% adicional a su prestación. Esta cuantía es totalmente compatible con el salario que se percibe por la actividad laboral realizada.. Las cotizaciones no servirán para mejorar la pensión. Sin embargo, Raúl Gómez advierte que, mientras que han mejorado las condiciones para los pensionistas que decidan acceder a la jubilación flexible mientras estos se encuentren trabajando, las empeora cuando deciden dejar de realizar la actividad laboral. Esto se debe a que, con la regulación anterior, las cotizaciones que se generaban durante este periodo de vuelta al trabajo se acumulaban para mejorar la pensión.. Por el contrario, «la nueva norma establece expresamente que la cotización efectuada durante la jubilación flexible no surtirá efectos para mejorar la pensión que ya se tenía reconocida», alerta el abogado. Asimismo, recuerda que tampoco tendrá efectos sobre el complemento económico de demora, de manera general. Una cuestión a tener en cuenta en caso de estar reflexionando acerca de acceder a este tipo de jubilación.
Este pasado 28 de agosto entró en vigor la nueva regulación de la jubilación flexible. Una medida anunciada por el Gobierno para lograr que cada vez más jubilados decidan reincorporarse al mercado laboral a la vez que continúan recibiendo su pensión, pero que también trae novedades en cuanto a la cotización, según advierte el abogado Raúl Gómez.. Esta nueva regulación aparece reflejada en el Real Decreto 416/2026, de 27 de mayo, y su objetivo es facilitar que los pensionistas que ya hayan solicitado la jubilación puedan retomar su carrera profesional con una jornada más flexible. Asimismo, podrán recibir tanto el salario por su trabajo como el porcentaje de pensión respectivo.. Una medida que el letrado y colaborador del programa ‘No son horas’ de «Onda Cero» ha definido como «una de esas reformas legales en materia de Seguridad Social que cuando lees el titular parece estupenda, pero cuando ves la letra pequeña descubres que a lo mejor no es para tirar cohetes». Esto se debe a que, aunque incluye una mayor libertad en cuanto al porcentaje de la jornada laboral, también supone un cambio en cuanto a la cotización.. ¿Qué es la jubilación flexible?. En primer lugar, es importante definir qué se considera jubilación flexible en España. Según explica el Ministerio de Seguridad Social, esta se produce cuando el trabajador ya se encuentra en situación de jubilación y recibe una pensión, pero decide compaginarla con un trabajo a tiempo parcial. A diferencia de la jubilación parcial, «en la que se produce una transición desde el trabajo a la jubilación», como explica Gómez.. Debido al creciente envejecimiento del país, la dificultad de sostener el sistema de pensiones y la baja efectividad que estaba teniendo esta medida por el reducido número de solicitantes, el Gobierno ha decidido convertirla en una opción más atractiva. La primera diferencia notable es que, mientras que antes se limitaba a la jornada parcial en trabajos por cuenta ajena, ahora también incluye trabajos por cuenta propia en determinadas situaciones.. «En concreto, podrá hacerlo el pensionista que no hubiera estado dado de alta como trabajador autónomo durante los 3 últimos años inmediatamente anteriores al momento en el que causó su pensión de jubilación», asegura Gómez. Asimismo, la revista de la Seguridad Social especifica que en estos casos, los jubilados continuarán percibiendo hasta un 25% de su pensión, a lo que se sumará el dinero generado con su actividad laboral.. Novedades en cuanto a la jornada y bonificaciones. En el caso de que se vaya a optar por un trabajo por cuenta ajena, la jornada parcial se amplía, situándose entre el 33% y el 80%, en comparación con el margen anteriormente establecido de entre 25% y 75%. En estos casos, «la pensión se reduce en proporción inversa a la jornada realizada», explica el abogado. Sin embargo, aquellos que vayan a acceder a la jubilación flexible a los 6 meses desde que causaron la jubilación, recibirán un incentivo en su pensión.. Según lo establecido en la nueva regulación, la pensión de aquellos que realicen una jornada laboral situada entre el 55% y el 80% de la jornada ordinaria recibirá un incentivo del 25%. Aquellos cuya jornada sea del 33% o superior, sin llegar al 55%, recibirán un 15% adicional a su prestación. Esta cuantía es totalmente compatible con el salario que se percibe por la actividad laboral realizada.. Las cotizaciones no servirán para mejorar la pensión. Sin embargo, Raúl Gómez advierte que, mientras que han mejorado las condiciones para los pensionistas que decidan acceder a la jubilación flexible mientras estos se encuentren trabajando, las empeora cuando deciden dejar de realizar la actividad laboral. Esto se debe a que, con la regulación anterior, las cotizaciones que se generaban durante este periodo de vuelta al trabajo se acumulaban para mejorar la pensión.. Por el contrario, «la nueva norma establece expresamente que la cotización efectuada durante la jubilación flexible no surtirá efectos para mejorar la pensión que ya se tenía reconocida», alerta el abogado. Asimismo, recuerda que tampoco tendrá efectos sobre el complemento económico de demora, de manera general. Una cuestión a tener en cuenta en caso de estar reflexionando acerca de acceder a este tipo de jubilación.
