La regulación de los lobbies impulsada por el Gobierno ha encallado este miércoles en el Congreso tras el rechazo de las derechas (179 votos) y la abstención de PNV, Podemos y tres diputados de Sumar. La caída de la iniciativa supone la pérdida de millones de euros en fondos europeos con los que el Ejecutivo ya contaba; se traduce en un saco roto para las 250 inscripciones de lobbies registradas en 15 días; y deja en el aire las sanciones de hasta 40.000 euros contempladas para los grupos de interés que incumpliesen la normativa. El documento prácticamente pactado antes del verano había aceptado el 80% de las enmiendas de los grupos que han votado en contra del texto, la mayoría del PP.. Seguir leyendo
La regulación de los lobbies impulsada por el Gobierno ha encallado este miércoles en el Congreso tras el rechazo de las derechas (179 votos) y la abstención de PNV, Podemos y tres diputados de Sumar. La caída de la iniciativa supone la pérdida de millones de euros en fondos europeos con los que el Ejecutivo ya contaba; se traduce en un saco roto para las 250 inscripciones de lobbies registradas en 15 días; y deja en el aire las sanciones de hasta 40.000 euros contempladas para los grupos de interés que incumpliesen la normativa. El documento prácticamente pactado antes del verano había aceptado el 80% de las enmiendas de los grupos que han votado en contra del texto, la mayoría del PP.. Esta medida era uno de los compromisos adoptados por el presidente Pedro Sánchez en el Congreso tras el estallido del caso Cerdán en julio de 2025. El Consejo de Ministros aprobó el pasado 25 de agosto este real decreto ley, que fija la creación de un registro “público y obligatorio” de grupos de interés para garantizar una mayor “transparencia y rendición de cuentas”, después de que encallase previamente en el Congreso ante la dificultad para reunir el consenso necesario entre los grupos parlamentarios. En julio, la vicepresidencia primera había alertado de que, si la norma no se aprobaba antes del 31 de agosto, se podrían perder partidas millonarias de fondos europeos.. El texto, que contaba con veinte artículos, tres disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y seis disposiciones finales, circunscribía su ámbito de aplicación a la Administración General del Estado y al sector público institucional estatal. La norma castigaba como infracciones “muy graves” la influencia de los lobbies en la toma de decisiones por medio de favores, la incitación a cargos públicos a infringir la ley, la inclusión de datos falsos en el registro de grupos de interés y ejercer la actividad de influencia sin estar inscrito en el registro oficial. Y fijaba como infracciones “graves” ocultar la condición de grupo de interés en un contacto o reunión con cargos públicos, no mantener actualizada la información del registro y la acumulación de infracciones leves, es decir, el retraso continuado en la aportación de información al registro.. Para dichas infracciones, el texto legal que ve ahora frustrada su salida contemplaba sanciones a los lobbies que iban desde un apercibimiento hasta multas de 40.000 euros, hasta la “cancelación de la inscripción en el registro” o la prohibición de solicitar nuevas incorporaciones en un plazo de cinco años. El decreto, además, obligaba a las personas susceptibles de recibir la influencia a dar cuenta de todos los contactos y reuniones mantenidos con los lobbies en el plazo de un mes desde su celebración; y también exigía a los grupos de interés a “comunicar y mantener actualizados” los datos que identificasen al lobby y a sus miembros.. El registro de los grupos de interés era obligatorio para todas estas entidades y pretendía contener, al menos, la relación de todas las personas físicas y jurídicas que trabajasen en cada lobby. Asimismo, buscaba recopilar una descripción detallada de la actividad de influencia de dichos grupos, una relación de los integrantes que hubiesen desempeñado puestos o cargos en la Administración, los sistemas de seguimiento y control de incumplimientos con los que contasen y un listado detallado de todas las actuaciones desarrolladas por estas entidades, especialmente los contactos, reuniones y audiencias mantenidos con el personal susceptible de la influencia. Se proponía, además, que toda esta información estuviese disponible y actualizada en los sitios web corporativos de los lobbies y se trasladase al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno dos veces al año.. El decreto ley pretendía regular las relaciones entre los grupos de interés con los altos cargos, los miembros de los gabinetes con funciones de confianza o asesoramiento y el personal público. Y buscaba, a su vez, “reforzar el marco español de transparencia e integridad pública” y cumplir con los estándares promovidos por la Unión Europea, la OCDE y el Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (Greco). La intención, exponía el texto, era contribuir a “fortalecer la calidad democrática de las instituciones y a consolidar una cultura de apertura, responsabilidad e integridad en las relaciones entre los poderes públicos y la sociedad”.. En esta línea, la norma incluía una modificación de la ley que rige el ejercicio de los altos cargos de la Administración. Añadía un apartado al artículo 15, relativo a la incompatibilidad de los altos cargos para prestar servicios, tras su cese, en actividades privadas que tengan relación con el ámbito sobre el que tenían competencias durante su tiempo en la Administración General del Estado. El decreto fijaba que, durante los dos años siguientes a la fecha de su cese, los ex altos cargos tampoco pudiesen ejercer actividades profesionales de influencia en las entidades inscritas en el registro “en ninguna de las materias relacionadas con las competencias del departamento, organismo o entidad en los que prestaron servicios como personal alto cargo”.
La caída de la iniciativa supone la pérdida de millones de euros en fondos europeos con los que el Ejecutivo ya contaba
