El antiguo complemento por maternidad podía elevar la pensión entre un 5% y un 15% según el número de hijos. El Supremo aclara ahora cómo debe calcularse en la jubilación activa y permite reclamar las diferencias a los afectados
Tener hijos puede suponer un aumento de la pensión para determinados jubilados y una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha reforzado el derecho de algunos beneficiarios a cobrar una cantidad superior a la que venían percibiendo.. El protagonista es el antiguo complemento por maternidad por aportación demográfica, una mejora económica que estuvo vigente para las pensiones causadas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. Su cuantía dependía del número de hijos y podía incrementar la pensión entre un 5% y un 15%.. La nueva resolución resulta especialmente importante para quienes accedieron a la jubilación activa, una modalidad que permite compatibilizar la pensión con el trabajo. El Supremo establece que el complemento debe calcularse tomando como referencia la cuantía inicial íntegra de la pensión y no únicamente la parte que se percibía mientras se mantenía la actividad laboral.. Qué es el complemento por maternidad que puede aumentar la pensión. El antiguo complemento por maternidad se creó para mejorar determinadas pensiones contributivas de las personas que habían tenido hijos. La norma establecía diferentes porcentajes en función del número de descendientes.. El incremento era del 5% para quienes hubieran tenido dos hijos, del 10% con tres hijos y del 15% a partir de cuatro hijos. De esta forma, cuanto mayor era la pensión reconocida y el porcentaje correspondiente, mayor podía ser también el complemento.. Aunque inicialmente estaba dirigido a las mujeres, la Justicia europea consideró discriminatorio excluir automáticamente a los hombres. Esto abrió la puerta a que numerosos padres pensionistas pudieran solicitarlo cuando reunieran las condiciones exigidas.. Quién puede tener derecho al antiguo complemento. Uno de los primeros datos que conviene comprobar es cuándo se reconoció la pensión. El antiguo complemento se aplica a determinadas pensiones causadas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.. También es importante el número de hijos. La regulación anterior partía de un mínimo de dos hijos, ya fueran biológicos o adoptados, para acceder al incremento.. Por tanto, haber tenido hijos no significa por sí solo que cualquier jubilado pueda solicitar ahora un aumento. Hay que comprobar la fecha de acceso a la pensión, el tipo de prestación, el número de hijos y las circunstancias concretas en las que fue reconocido o calculado el complemento.. Qué ha cambiado con la sentencia del Tribunal Supremo. El nuevo pronunciamiento afecta a una situación mucho más concreta. El Tribunal Supremo ha analizado qué ocurre cuando el beneficiario del complemento se encuentra en jubilación activa y compatibiliza el cobro de la pensión con una actividad laboral.. En estos casos podía percibirse únicamente una parte de la pensión mientras se continuaba trabajando. La discusión estaba en determinar si el porcentaje del complemento debía aplicarse sobre esa cantidad reducida o sobre la pensión inicialmente reconocida.. El Supremo ha concluido que debe utilizarse como referencia la cuantía inicial de la pensión antes de aplicar la reducción correspondiente a la jubilación activa. Esto puede provocar que algunos pensionistas hayan estado percibiendo un complemento inferior al que les correspondía.. La diferencia puede ser importante para el pensionista. El efecto se entiende fácilmente con un ejemplo. Un pensionista al que se hubiera reconocido inicialmente una pensión de 2.000 euros y al que correspondiera un complemento del 10% tendría un complemento de 200 euros si se calcula sobre la cuantía íntegra.. Si ese mismo porcentaje se hubiera aplicado únicamente sobre 1.000 euros por encontrarse cobrando el 50% de la pensión durante la jubilación activa, el resultado habría sido de 100 euros. La diferencia sería, por tanto, de 100 euros en el cálculo mensual del complemento.. Se trata de un ejemplo orientativo para entender el efecto del criterio establecido por el Supremo. La cantidad que pueda corresponder a cada pensionista dependerá de su pensión reconocida, del porcentaje del complemento y de las circunstancias particulares de su expediente.. Qué pueden reclamar ahora los afectados. La sentencia permite que quienes se encuentren en esta situación puedan solicitar que se revise el cálculo de su complemento. El objetivo es que el porcentaje correspondiente se aplique sobre la cuantía inicial íntegra de la pensión y no sobre la cantidad reducida que se percibía durante la jubilación activa.. Además del incremento que pueda corresponder, la reclamación puede afectar a cantidades que el pensionista dejó de percibir por haberse utilizado una base de cálculo inferior. La situación concreta deberá revisarse en cada caso ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).. No es el mismo complemento que se concede actualmente. Hay que distinguir este complemento del que existe actualmente. Desde febrero de 2021, el antiguo complemento por maternidad fue sustituido por el complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género.. El sistema actual tiene sus propios requisitos y una forma de cálculo diferente. La sentencia del Supremo se refiere al complemento anterior, por lo que la fecha en la que se causó la pensión resulta fundamental para saber qué normativa corresponde aplicar.. Para los afectados por el antiguo sistema, revisar la resolución de su pensión puede servir para comprobar dos cuestiones. Primero, si tenían derecho al complemento por sus hijos y, segundo, si en una situación de jubilación activa se calculó sobre la totalidad de la pensión inicial o sobre una cantidad reducida.
Tener hijos puede suponer un aumento de la pensión para determinados jubilados y una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha reforzado el derecho de algunos beneficiarios a cobrar una cantidad superior a la que venían percibiendo.. El protagonista es el antiguo complemento por maternidad por aportación demográfica, una mejora económica que estuvo vigente para las pensiones causadas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021. Su cuantía dependía del número de hijos y podía incrementar la pensión entre un 5% y un 15%.. La nueva resolución resulta especialmente importante para quienes accedieron a la jubilación activa, una modalidad que permite compatibilizar la pensión con el trabajo. El Supremo establece que el complemento debe calcularse tomando como referencia la cuantía inicial íntegra de la pensión y no únicamente la parte que se percibía mientras se mantenía la actividad laboral.. Qué es el complemento por maternidad que puede aumentar la pensión. El antiguo complemento por maternidad se creó para mejorar determinadas pensiones contributivas de las personas que habían tenido hijos. La norma establecía diferentes porcentajes en función del número de descendientes.. El incremento era del 5% para quienes hubieran tenido dos hijos, del 10% con tres hijos y del 15% a partir de cuatro hijos. De esta forma, cuanto mayor era la pensión reconocida y el porcentaje correspondiente, mayor podía ser también el complemento.. Aunque inicialmente estaba dirigido a las mujeres, la Justicia europea consideró discriminatorio excluir automáticamente a los hombres. Esto abrió la puerta a que numerosos padres pensionistas pudieran solicitarlo cuando reunieran las condiciones exigidas.. Quién puede tener derecho al antiguo complemento. Uno de los primeros datos que conviene comprobar es cuándo se reconoció la pensión. El antiguo complemento se aplica a determinadas pensiones causadas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.. También es importante el número de hijos. La regulación anterior partía de un mínimo de dos hijos, ya fueran biológicos o adoptados, para acceder al incremento.. Por tanto, haber tenido hijos no significa por sí solo que cualquier jubilado pueda solicitar ahora un aumento. Hay que comprobar la fecha de acceso a la pensión, el tipo de prestación, el número de hijos y las circunstancias concretas en las que fue reconocido o calculado el complemento.. Qué ha cambiado con la sentencia del Tribunal Supremo. El nuevo pronunciamiento afecta a una situación mucho más concreta. El Tribunal Supremo ha analizado qué ocurre cuando el beneficiario del complemento se encuentra en jubilación activa y compatibiliza el cobro de la pensión con una actividad laboral.. En estos casos podía percibirse únicamente una parte de la pensión mientras se continuaba trabajando. La discusión estaba en determinar si el porcentaje del complemento debía aplicarse sobre esa cantidad reducida o sobre la pensión inicialmente reconocida.. El Supremo ha concluido que debe utilizarse como referencia la cuantía inicial de la pensión antes de aplicar la reducción correspondiente a la jubilación activa. Esto puede provocar que algunos pensionistas hayan estado percibiendo un complemento inferior al que les correspondía.. La diferencia puede ser importante para el pensionista. El efecto se entiende fácilmente con un ejemplo. Un pensionista al que se hubiera reconocido inicialmente una pensión de 2.000 euros y al que correspondiera un complemento del 10% tendría un complemento de 200 euros si se calcula sobre la cuantía íntegra.. Si ese mismo porcentaje se hubiera aplicado únicamente sobre 1.000 euros por encontrarse cobrando el 50% de la pensión durante la jubilación activa, el resultado habría sido de 100 euros. La diferencia sería, por tanto, de 100 euros en el cálculo mensual del complemento.. Se trata de un ejemplo orientativo para entender el efecto del criterio establecido por el Supremo. La cantidad que pueda corresponder a cada pensionista dependerá de su pensión reconocida, del porcentaje del complemento y de las circunstancias particulares de su expediente.. Qué pueden reclamar ahora los afectados. La sentencia permite que quienes se encuentren en esta situación puedan solicitar que se revise el cálculo de su complemento. El objetivo es que el porcentaje correspondiente se aplique sobre la cuantía inicial íntegra de la pensión y no sobre la cantidad reducida que se percibía durante la jubilación activa.. Además del incremento que pueda corresponder, la reclamación puede afectar a cantidades que el pensionista dejó de percibir por haberse utilizado una base de cálculo inferior. La situación concreta deberá revisarse en cada caso ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).. No es el mismo complemento que se concede actualmente. Hay que distinguir este complemento del que existe actualmente. Desde febrero de 2021, el antiguo complemento por maternidad fue sustituido por el complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género.. El sistema actual tiene sus propios requisitos y una forma de cálculo diferente. La sentencia del Supremo se refiere al complemento anterior, por lo que la fecha en la que se causó la pensión resulta fundamental para saber qué normativa corresponde aplicar.. Para los afectados por el antiguo sistema, revisar la resolución de su pensión puede servir para comprobar dos cuestiones. Primero, si tenían derecho al complemento por sus hijos y, segundo, si en una situación de jubilación activa se calculó sobre la totalidad de la pensión inicial o sobre una cantidad reducida.
